El Congreso español aprueba una nueva ley de bienestar animal
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El Congreso de España ha aprobado una controvertida ley de bienestar animal que prohíbe la caza de perros y aumenta las penas por maltrato de mascotas por parte de propietarios y personas que trabajan con animales.
La ley entrará en vigor una vez haya superado todos los trámites necesarios para su aprobación, posteriormente se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) ya los seis meses de su publicación entrará en vigor la ley.
La ley se aplica a los animales domésticos y salvajes en cautiverio, pero excluye a los perros utilizados para la caza u otras actividades profesionales, como los perros de búsqueda y rescate y los que trabajan con las fuerzas del orden. También se excluyen los animales utilizados en la tauromaquia o la producción.
El objetivo principal es garantizar el bienestar y la protección de los animales y crear un marco legal común en toda España, en particular para reducir el número de animales abandonados.

Se espera que los propietarios integren a las mascotas en el núcleo familiar, eviten la reproducción descontrolada y completen un curso gratuito de capacitación sobre tenencia responsable de mascotas. La cría sólo podrá ser realizada por personas responsables del animal y registradas como tales.
Las mascotas deben tener un microchip y todos los gatos deben esterilizarse quirúrgicamente antes de los seis meses, a menos que estén registrados oficialmente como animales reproductores.
La ley prohíbe las peleas de animales, dejar a las mascotas desatendidas durante más de tres días (para los perros, no más de 24 horas) y mantener perros y gatos en áreas al aire libre, depósitos, sótanos o vehículos con regularidad.
La cría comercial de animales de compañía, cuya identificación individual será obligatoria según la nueva normativa, dejará de estar permitida salvo que el responsable esté inscrito en un listado oficial de criadores de animales de compañía.
No se pueden vender gatos, perros y hurones en las tiendas de mascotas. Tampoco podrán exhibirse públicamente con fines comerciales, lo que está tipificado como infracción especialmente grave. Estos animales sólo podrán ser comercializados por criadores registrados.
Los cuidadores de mascotas que no cumplen con los requisitos de identificación, usan métodos violentos de crianza de mascotas, administran sustancias que pueden dañar al animal (sin consejo veterinario) y mutilan o manipulan al animal están sujetos al peso de la ley.
Las multas por infracciones oscilan entre los 500 y los 200.000 euros, según la gravedad de la infracción.
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