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El Supremo desestima el intento de Cordial de declarar caducada la concesión de la cementera CEISA de El Pajar: Canarias

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En un comunicado enviado a los periodistas, CEISA informó que la Corte Suprema no admitiría la tramitación del recurso de apelación y Cordial Properties tendría que pagar las costas del juicio.

Esta es la tercera vez que los tribunales declaran inadmisibles los recursos en esta materia tras pasar por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria y el Tribunal Supremo de Canarias, señala CEISA.

Claudio Piernavieja expresó «la satisfacción de la empresa por el reconocimiento sin problemas de la fecha de finalización de la concesión del puerto industrial de la fábrica de cemento de Arguineguín».

Cementos Especiales de las Islas (CEISA) tiene una concesión para la explotación del puerto de Santa Águeda, que finaliza en octubre de 2022, y ha solicitado una nueva prórroga para operar la instalación hasta el año 2046, que a su vez coincide con la concesión de explotación para la cercana Cantera San José.

El Tribunal Supremo de Canarias (TSJC) desestimó un recurso de Cordial Properties que pretendía datar la resolución de la concesión de Puertos Canarios a la cementera CEISA a 10 de marzo de 2020 y confirmó la Sentencia de primera instancia de la opinión de que la referida empresa de turismo no tiene interés legítimo en interponer una impugnación controvertida de derecho administrativo a la concesión.

Puertos Canarios, la autoridad portuaria autonómica dependiente de la Comunidad Autónoma, alega que esta concesión vence el 28 de octubre de 2022, mientras que la empresa Propiedades Cordiales SL ha intentado alegar que su plazo legal de uso expiró el 10 de marzo de 2020, y así lo hizo. para ello, se declara caducado y se ordena a la cementera el desmantelamiento de sus instalaciones del muelle.

La sentencia determinó que Cordial Properties no es parte legítima en este momento para impugnar la concesión y por lo tanto para discutir la fecha fijada por Puertos Canarios.

Esta empresa adujo dos razones que no fueron aceptadas por el tribunal: se consideró parte interesada porque es propietaria del terreno colindante al de las operaciones portuarias de la cementera y anunció que próximamente buscará la concesión del Santa para promover Águeda. como fue.

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