El Gobierno de España permitirá los viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea a las personas en posesión de un certificado de recuperación de la Covid-19tal y como se publica hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La orden del Ministerio del Interior modifica una orden anterior que fijaba los criterios para aplicar una restricción temporal a los viajes no imprescindibles desde terceros países de la UE y países asociados a Schengen debido a la crisis de salud.
Según la nueva redacción Se permite viajar a personas con certificado de recuperación o certificado de vacunación reconocido a tal efecto por el Ministerio de Sanidadsujeto a verificación por parte de las autoridades sanitarias.
Asimismo, la reforma establece Las personas mayores de 12 años y menores de 18 años que no tengan un calendario de vacunación válido deben presentar una prueba de amplificación de ácido nucleico molecular SARS-CoV-2 NAAT negativa (RT-PCR o similar). Realizado 72 horas antes de la llegada. El pedido es válido hasta el 31 de marzo de 2022, 00.000 horas.

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