Griñán presenta un incidente de nulidad contra su condena
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Madrid/Sevilla, (EFE).- El líder de la junta andaluza, José Antonio Griñán, presenta un incidente que violó la sentencia del Tribunal de Este. El Supremo confirma su condena a seis años de prisión por malversación de caudales públicos en el caso de los ERE.
Se trata de un trámite previo al recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional que la defensa de Griñán tiene previsto interponer en el plazo legalmente previsto, han informado a Efe fuentes jurídicas.
El alto tribunal ha confirmado la condena, que se le impuso a Griñán en una sentencia en la que señala que no solo conoció y Permissionió que se pagaran ayudas a sabiendas del «descontrol» y de las «gravísimas ilegalidades». Además, no hizo nada para impedirlo.
Un conjunto de 1.205 páginas.
La Sala de lo Penal del alto tribunal ha hecho público la sentencia de los ERE, de 1.205 páginas, que Confirma la condena por delito continuado de malversación de caudales públicos a nueve exaltos cargos, entre ellos Griñán.

El Supremo sostiene que la prueba practicada «acredita, sin duda, la ilegalidad de la gestión, el absoluto descontrol y la total discrecionalidad con la que se concedieron las ayudas o se utilizaron los fondos». Además, subraya que «la magnitud de lo sucedido explica las dimensiones de esta causa y la existencia de más de un centenar de piezas separadas pendientes de enjuiciamiento».
La sala describe que «el manejo de esas caudales se realizó como si fueran propios, en favor de empresas y personas libremente determinadas y según las preferencias e intereses políticos de las autoridades que concedieran las subvenciones».
Absolutamente descontrol de las ayudas
Y todo ello «sin bases de convocatoria, sin publicidad, en ocasiones sin precisar el objeto de la ayuda, y sin el cumplimiento de todo el amplio sistema de controles y garantías establecidas en la ley».
Los condenados por malversación son aquellos que, como Griñán, tuvieron conocimiento del gesto concreto de las ayudas y que posiblemente y pudieron evitar que el procedimiento ilegal continuara.
En su recurso, antes de que Griñán haya presentado el incidente de nulidad, defendido que los hechos probados de la sentencia de Sevilla no se describe una acción malversadora porque no se establece vinculación alguna entre él y la gestión de los fondos y tampoco hay vinculación con los destinos concretos de los fondos.
Además, precisamente, el simple conocimiento del destino no es por si suficiente para afirmar la ilicitud penal de la conducta, porque se requiere alguna forma de participación en la ejecución.
La vinculación de Griñán con el gesto de los fondos
Sin embargo, la Sala «declara probado que Griñán, entre otros, intervino en la dotación de fondos a través de un sistema de presupuestación ilegal con conocimiento de las consecuencias que ello pudo tener en la gestión» y «también que conoció las ilicitudes perpetradas con esos fondos».

Y que, continue «como consecuencia de las competencias que la correspondían, al ejercer las más altas funciones dentro del Gobierno de la Junta de Andalucía, tuvo capacidad de impedir ese modo de gestión» pero «pese a las potestades que tenía en el ejercicio de sus cargos allowió que se siguiera produciendo esa situación irregular año tras año», señalan los magistrados en su sentencia, que cuenta con el voto particular de dos magistradas.
Por tanto, continúa, «No ofrece duda la vinculación de Griñán, no sólo con la presupuestación sino con la gestión de los fondos, actuación ésta que no puede ser calificada como ajena, desconocida o desconectada con el ejercicio de sus funciones públicas».
La sentencia, ante la que Griñán ha presentado un incidente de nulidad, ve muy relevante un informe elaborado por la Intervención Delegada de la Consejería de Empleo y notificado a distintas autoridades, en el que se hacía constar de forma pormenorizada la multitud de irregularidades que se productos venianos.
Informe clave ignorado por los condenados
Dice el Supremo que «el conocimiento de esta situación era incuestionable por quienes concedieron las subvenciones. Pero no sólo de ellos» sino que «en la sentencia de instancia se declara que también tuvieron conocimiento algunas de las autoridades que aprobaron las partidas presupuestarias y que fueron informadas de la gestión altamente irregular de las ayudas».
Además de este informe, en los restantes «se insiste en la ilegalidad del proceso que se estaba siguiendo lo que, unido al contenido del primer informe, reveló que existió información Continueada que Permitió conocer lo que estaba sucediendo y posibilitó que se adoptaran Decisiones para poner disposición final de fondos públicos».
La resolución sale al paso de un argumento repetido en muchos recursos dejando claro «los acusados no han sido condenados por razón de su cargo, sino por haber probado los distintos presupuestos típicos de los delitos imputados y por haber acreditado que actuaron con pleno conocimiento de los hechos».
Otros catorce ex altos cargos de la Junta
Other catorce ex altos cargos han visto Confirmadas las condenas que les impuso la Audiencia de Sevilla hace ya casi tres años, entre ellos el expresidente de la Junta Manuel Chaves a nueve años de inhabilitación por prevaricación.
Misma condena para la exministra y exconsejera de Economía Magdalena Álvarez y el ex secretario de Estado y exconsejero de Presidencia Gaspar Zarrías, mientras que el exconsejero de Empleo Antonio Fernández cumplirá 7 años y 11 meses de cárcel por malversación y prevaricación.
El antecesor de este último y socialista histórico, José Antonio Viera, inclusive tiene una condena de 7 años de prisión, los mismos que el exviceconsejero de Empleo Agustín Barberá; y el exviceconsejero de Economía José Salgueiro a 9 de inhabilitación. EFE
EFE
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