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La nueva visa nómada

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Por Marta Salvador Mateo, Abogada de Inmigración e Internacional
Movilidad: www.agmabogados.com

Palma.— Con la aprobación de la Ley de Start-ups, el Gobierno español regula por primera vez el trabajo a distancia internacional (a partir de ahora nómadas digitales), siguiendo los pasos dados por otros países de la UE como Portugal o Italia con el objetivo de acercar España en un país más atractivo para emprendedores e inversores extranjeros. Esta ley incluye una serie de medidas fiscales (regímenes especiales de tributación), medidas comerciales (agilidad en la creación de empresas emergentes, startups) y medidas migratorias (creación y agilidad del proceso de residencia).

¿Qué es un nómada digital?
Un nómada digital es una persona procedente del extranjero (no UE) que realiza a distancia una actividad laboral (contrato de trabajo/empleado) o profesional (contrato comercial/servicio) para empresas radicadas fuera de España. Los profesionales que quieran ser nómadas digitales deben ser graduados o posgraduados de universidades acreditadas, programas de formación profesional o escuelas de negocios acreditadas. Alternativamente, deben tener al menos 3 años de experiencia profesional.

¿Cuáles son los requisitos para vivir y trabajar en España?
En primer lugar, hay que distinguir si el trabajador extranjero realiza una actividad laboral o una actividad comercial fuera de España.
Por un lado, si tienen una actividad por cuenta ajena, deberán acreditar una relación laboral previa de al menos 3 meses antes de solicitar un visado o permiso de residencia. También deben acreditar que el trabajo se puede realizar 100% a distancia (ambos requisitos se acreditan con el contrato de trabajo). Además, se deberá acreditar que la empresa extranjera ha realizado actividad real y continuada durante al menos 1 año.
Por otro lado, si desea realizar una actividad comercial, deberá acreditar que ha tenido una relación comercial previa de al menos 3 meses con la empresa o empresas extranjeras y que la actividad se puede realizar al 100%. lejos. Al igual que en el caso de los trabajadores por cuenta ajena, también se deberá acreditar que existe una actividad real y continuada de al menos 1 año, pero en este caso con la empresa o empresas con las que existe la relación profesional.
Por último, cabe señalar que si el nómada digital quiere trabajar para una o varias empresas españolas, podrá hacerlo con un límite máximo del 20% de su facturación total.

¿Cuáles son las opciones para vivir en España? diferencia entre visa y residencia
permitir
Aquellos que tengan la intención de permanecer en España por un período de 1 año o menos pueden solicitar una visa de trabajo remoto en el consulado español. Este visado les permite vivir y trabajar en España sin tener que pasar por ningún otro trámite migratorio. Quienes tengan la intención de permanecer en España por un período más largo pueden solicitar un permiso de residencia con una vigencia máxima de 3 años, prorrogable por 2 años más. Esta solicitud debe presentarse en la Oficina de Registro de Extranjeros (UGE) y posteriormente, en caso necesario, solicitar un visado y una tarjeta de residencia (TIE). Aquellos que originalmente entraron a España con una visa de un año pueden solicitar una estadía y extender su validez dentro de los 60 días posteriores a la expiración de la visa. Finalmente, cabe señalar que los familiares inmediatos (cónyuge o pareja de hecho, hijos menores o mayores de edad a cargo y padres a cargo) también pueden solicitar y obtener la visa y permanecer con el teletrabajador y tendrán derecho a un permiso de trabajo.

Régimen fiscal especial para nómadas digitales
Los nómadas digitales también tienen derecho a un régimen fiscal especial (conocido como Ley Beckham) durante los próximos 5 ejercicios fiscales si no fueron residentes en España (durante los 5 ejercicios fiscales anteriores). Este régimen prevé algunos beneficios importantes, como un tipo de gravamen fijo del 24% sobre las rentas del trabajo (hasta un máximo de 600.000 €) y la no tributación de las rentas obtenidas y obtenidas fuera del territorio español. Los miembros de la familia del nómada digital también son elegibles para esta regulación.

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